La transferencia generacional

Uno de los mitos más sólidos del capitalismo es que existen posibilidades de una vida aceptable para todos, con la condición de esforzarse estudiando alguna de las disciplinas que facilitan sumarse al mundo del trabajo (que algunos hasta llaman mercado de trabajo).
El progresismo se ha adaptado mansamente a ese encuadre y por lo tanto se considera un éxito acercar la currícula secundaria al 100% de los jóvenes, culminando en dar acceso a universidades en escala siempre creciente y festejar más y más los egresados universitarios que son primera generación.
¿Quién podría discutir que el conocimiento es un elemento valioso en grado sumo para transitar por la vida? Pero, ¿quién podría negar que el capitalismo concentrado, con su capacidad de convertir en negocios todo lo cotidiano, bastardea aquel concepto, lo convierte en condición necesaria para poder trabajar y pone la decisión de abrir la puerta en el dueño del patrimonio necesario, el capitalista.
Tanto lo bastardea que oculta la evolución histórica que muestra no solo la concentración de patrimonio a niveles nunca antes conocidos; sino también la consecuencia obvia que la transferencia por herencia o instrumentos similares tiende a perpetuar la inequidad.
En definitiva, la consigna es: Si quieres tener futuro, estudia. Estudia todo lo que puedas. Y luego postúlate frente a una corporación, que serán cada vez menos y más grandes, donde las decisiones las tomará el nieto o el tataranieto del emprendedor que fundó el emporio. Que tengas suerte.
No parece muy prometedor. Sobre todo, no parece un camino que puedan recorrer todos los que van llegando a la vida adulta.
¿Y entonces?
Hay que ponerse el chaleco antibalas y meterse a discutir no solo cómo se educa y capacita a las nuevas generaciones, sino también cómo se las dota del patrimonio necesario para que puedan generar emprendimientos sustentables y útiles para la comunidad.
DE DONDE
Debe crearse un Fondo de Transferencia Generacional (FTG), compuesto por los siguientes aportes:
. El 25% del patrimonio de sucesiones por fallecimiento de poseedores de patrimonio superior a un cierto mínimo básico, incluyendo a todas las formas de elusión de aquella transferencia, por donaciones en vida, constitución de sociedades anónimas, fondos fiduciarios o similares.
. El 100% de los patrimonios de fallecidos sin herederos, modificando así cualquier legislación vigente que se oponga a este concepto.

PARA QUÉ
Para financiar hasta el 100% de emprendimientos de atención de necesidades comunitarias, propuestos por grupos o sociedades en que el 80% de los integrantes sean menores de 40 años.
Un listado no exhaustivo de sectores a considerar es:
. Productos o servicios alimenticios.
. Indumentaria.
. Hábitat personal.
. Cuidado de grupos etarios definidos.
. Servicios personales intracomunitarios.
.Conectividad digital.
. Generación de energía doméstica a partir de fuentes renovables.
. Infraestructura educativa.
. Infraestructura sanitaria.
. Esparcimiento, deportes, cultura.
. Manejo de residuos sólidos urbanos o industriales.
. Control y prevención de contaminación por efluentes industriales.
. Mantenimiento y expansión de infraestructura urbana.

El aporte del FTG se hará bajo la forma de acciones o cuotas parte de los emprendimientos, a recuperar por compra interna en plazos de 10 a 20 años a estipular en cada caso.

QUIENES EVALÚAN Y DECIDEN

El Consejo de Administración del FTG deberá estar compuesto por dos tercios de miembros elegidos por voto popular y aplicación de representación proporcional, con una duración de cuatro años, mayores de 60 años.
El tercio restante será designado por el Poder Ejecutivo Nacional, también con la condición de ser mayores de 60 años y por los mismos plazos mencionados.
La evaluación social y económica de los proyectos deberá tener en cuenta:
. La necesidad de formación especial complementaria de la curricular, a cubrir como integrantes asalariados del emprendimiento.
. Los aportes patrimoniales que podrán realizar los solicitantes.
. Los efectos comunitarios del emprendimiento y quienes demandarán sus servicios o productos.
. Los instrumentos a desarrollar o a aplicar para asegurar la sustentabilidad de la iniciativa.
. La forma de participación prevista en los beneficios esperados, que deberá estar asociada a una combinación pautada entre el aporte patrimonial y el aporte laboral de cada miembro inicial del emprendimiento o de cada categoría de trabajador participante.

DESAFÍOS E IMPLICANCIAS
El proyecto esbozado seguramente no se puede leer ni tampoco interpretar cabalmente, si el lector no se libera al menos parcialmente de la excitación especial que recorre la Argentina en estos tiempos electorales, que nos invitan a votar más en contra de algo que a favor de otra cosa, por la angustia que generan algunos escenarios posibles.
Si suponemos que con la mayor buena voluntad, cada uno trata de digerir las pocas páginas previas, escritas sobre un tema que la política y hasta las familias evitan encarar, los invitamos a advertir que:
. Nadie debería objetar el esquema salvo, en primera mirada, los que queden comprendidos en el aporte del 25% al FTG,
. Sin embargo, los sucesores de patrimonios comprendidos en el aporte del 25%, tendrían la oportunidad de participar con proyectos presentados al FTG, recibiendo aportes del Fondo que pueden llevar a incrementar su patrimonio, en lugar de reducirlo.

Lo que se pediría a esos herederos es que:
a) Apliquen recursos a áreas de interés comunitario definido.
b) Entiendan que otras personas, aún sin patrimonio alguno, también podrían acceder a maneras de construir un futuro, con la misma condición para todos: implementar proyectos de valor comunitario directo.

La responsabilidad de tomar las decisiones residiría en miembros de la generación que aporta y los receptores serían en su mayoría miembros de la generación que ha de ser protagonista.
Esto se llama Imaginación y Compromiso Social al poder. Digan si no vale la pena estudiarlo.

21.8.23 /IPS

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